Actualidad y sentencias

  • En el BOE de 5 de julio de 2023 se publicó el Reglamento de adopción internacional (Real Decreto 573/2023).
  • Sentencia de 6 de julio de 2023 del Tribunal de Justicia de la UE sobre el concepto de residencia habitual en los litigios de crisis matrimonial.
  • Sentencia de 13 de julio de 2023 del Tribunal de Justicia de la UE, sobre competencia judicial internacional en materia de derecho de custodia y traslado ilícito de un menor a otro Estado miembro.
  • Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 12 de octubre de 2023 por la que, interpretando el Reglamento (UE) nº 650/2012, establece que el artículo 22 del Reglamento permite que un nacional de un tercer Estado que reside en un Estado miembro de la Unión Europea puede designar como ley aplicable al conjunto de sucesión la ley de ese tercer Estado.
  • Sentencia del Tribunal Supremo 907/2024, de 24 de junio de 2024 sobre la intromisión en el derecho a la propia imagen cuando una de las partes de litigio tiene nacionalidad extranjera y domicilio en un Estado miembro de la UE. Respecto a la competencia judicial internacional, el TS razona que, en los casos en los que concurra un doble elemento extranjero, existe un doble fuero electivo; el general sería el domicilio del demandado y el especial sería el lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso, que se refiere tanto al lugar del hecho causal como al lugar donde se ha materializado el daño. Sobre la ley aplicable, el Reglamento 864/2007 excluyó en su ámbito de aplicación las obligaciones derivadas de la vulneración de los derechos de la personalidad (art 1.2), por lo que se termina recurriendo al artículo 10.9 del Código Civil, de modo que resulta de aplicación la ley del lugar del daño (lex loci damni), entendido éste como el lugar donde se produce la difusión del contenido ofensivo.
  • Resolución de la de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 9 de julio de 2024 (BOE 23 de julio de 2024) que establece los requisitos formales y sustantivos del certificado sucesorio europeo (competencia, caducidad del certificado, etc.)
  • Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa (BOE 14 de noviembre de 2024)
  • Se publica en el BOE de 20 de noviembre de 2024 el Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Reglamento de Extranjería), que se aplicará a partir del 20 de mayo de 2025. 
  • En materia de gestación subrogada, Sentencia del Tribunal Supremo 1626/2024, de 4 de diciembre de 2024, la cual refuerza la ya existente jurisprudencia contraria al reconocimiento de contratos de gestación subrogada en España. En el fallo de esta sentencia, el TS denegó la inscripción en el Registro Civil de dos menores nacidos en EE.UU. mediante esta práctica, a pesar de que un juzgado estadounidense había validado el contrato previamente. Al igual que con sentencias anteriores, el TS valora que la práctica de la gestación subrogada va en contra del orden público español al atentar contra la dignidad de la mujer y del niño, y cómo esta se encuentra reconocida como una forma de violencia contra las mujeres por el ordenamiento jurídico español. En definitiva, no puede reconocerse una sentencia extranjera (que reconoce la filiación) si esta es contraria al orden público.
  • Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2024 denegatoria de un registro de marca UE por ausencia de carácter distintivo, entre otros motivos al concluir que el público general percibe unos bienes y servicios virtuales de la misma manera que percibe los bienes y servicios correspondientes en el mundo real.
  • En el BOE de 3 de enero de 2025 se ha publicado la Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia; esta Ley reforma en profundidad la organización de los juzgados y tribunales y el acceso a la jurisdicción estableciendo (salvo para algunas concretas acciones) como requisitos de procedibilidad haber acudido previamente a algún medio extrajudicial adecuado de solución de controversias; también se modifican preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, del Código Civil (celebración de matrimonios), de la Ley de Propiedad Horizontal (limitaciones de viviendas turísticas), etc.
  • El Tribunal Supremo, en sentencia de 26 de febrero de 2025, resuelve un litigio sobre la vulneración de derechos de propiedad intelectual (plagio) de un concreto modelo de farola, siendo las partes demandadas una empresa de Qatar así como el propio Estado de Qatar, y habiéndose producido la citada violación en el territorio de dicho Estado extranjero. Concluye el Tribunal Supremo que no son competentes los tribunales españoles para conocer de dicho litigio ya que no resulta aplicable a este supuesto la jurisprudencia del TJUE sobre la interpretación extensiva del artículo 5.3 del Reglamento 44/2001 (hoy artículo 7.2 del Reglamento 1215/2012), doctrina que queda circunscrita a casos especiales (daños producidos a través de Internet…); en conclusión, los tribunales españoles, aún siendo España del centro de los intereses principales del demandante, no gozan de competencia judicial internacional en este supuesto particular.
  • Orden INT/195/2025, de 27 de febrero, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal (BOE 1 de marzo de 2025); en su artículo único se prorroga hasta el 4 de marzo de 2026 la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal en España, no siendo necesaria la obtención de una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero.
  • Sobre la rectificación de los datos sobre el sexo de las personas físicas obrantes en un registro público, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13 de marzo de 2025 ha dispuesto que una persona puede estar obligada a aportar las pruebas pertinentes y suficientes que le puedan ser razonablemente exigidas para demostrar su cambio de sexo, pero en ningún caso un Estado miembro puede supeditar el derecho a rectificar sus datos personales relativos al sexo en un registro público a la aportación de la prueba de haberse sometido a una cirugía de cambio de sexo.